Beneficios Fiscales Archives - Facture App https://facture.com.mx/category/beneficios-fiscales/ Plataforma para facturación, nómina y contabilidad Mon, 23 Nov 2020 19:23:29 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.9.4 https://facture.com.mx/wp-content/uploads/2025/05/IconoPestanaWordpress-100x100.png Beneficios Fiscales Archives - Facture App https://facture.com.mx/category/beneficios-fiscales/ 32 32 Estímulos fiscales del SAT, en el BUEN FIN 2020 https://facture.com.mx/estimulos-fiscales-sat-buen-fin-2020-pago-electronico/ https://facture.com.mx/estimulos-fiscales-sat-buen-fin-2020-pago-electronico/#respond Thu, 12 Nov 2020 16:36:57 +0000 https://facture.com.mx/?p=13423 ¡Llegó el Buen Fin 2020! Conoce los estímulos fiscales que el SAT tiene para ti. El reto del SAT es incentivar el uso de métodos de pago electrónicos, por lo que se han dado a conocer los siguientes beneficios […]

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La conveniencia de los métodos de pago electrónicos.

Estamos arrancando con una nueva edición de la campaña Buen Fin 2020 en el territorio nacional.

Como parte de los estímulos fiscales del SAT, es incentivar el uso de métodos de pago electrónicos, por lo que se han dado a conocer los siguientes beneficios que podrán ser puestos a disposición de quienes ofertan y demandan la compra y venta de productos y o servicios durante el Buen Fin 2020.

La época de rebajas y descuentos que permanecerá vigente por medio de disposición transitoria hasta el 31 de diciembre del año 2020.

Fue anunciado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto con la capacidad de conceder estímulos de tipo fiscales con la finalidad de promover el uso de canales de pago electrónicos que puedan ser habilitados durante el Buen Fin.

Pago electrónico Facture App

El edicto antes mencionado estipula la premiación a los usuarios de tarjetas bancarias y departamentales, por conducto de un sorteo, siempre y cuando hagan uso de medios electrónicos para culminar la compra de bienes y/o servicios mientras la vigencia del decreto se encuentre en estado activo.

En conjunto también se abre la posibilidad de acreditar contra el (ISR) propio o el retenido a terceros, el importe de los premios concedidos sin que este sobrepase los quinientos millones de pesos.

Los estímulos fiscales del SAT tienen como finalidad orientar a los comercios y sus representantes al establecimiento de medios de pago electrónicos.

A continuación se dan a conocer cuales son los contribuyentes que pueden ser beneficiados por este estímulo:

1.- Entidades financieras y emisoras de tarjetas que se encuentren bajo el amparo de un titular de marca. 

2.- Entidades comerciales ligadas a la compra de bienes y servicios que han sido llevadas a cabo con tarjetas de servicios ejecutadas en nuestro país.

Los impuestos generados por el estado serán cubiertos por la federación a la entidad federativa en la cual sean concedidos los estímulos fiscales del SAT, por medio de un proceso conocido como procedimiento de compensación definitiva de fondos y en términos del segundo párrafo del Artículo 15 de la ley de Coordinación Fiscal.

Criterios que deben cumplirse para tener acceso al estímulo:

  • Acreditar el estímulo hasta agotarlo tomando como punto de partida el mes siguiente a la entrega de los premios a cada ganador.

 

  • Darle a conocer a la autoridad fiscal federal la información necesaria para efectuar el sorteo y la verificación de la entrega de las recompensas.

 

  • Los datos de los acreedores a los premios se apegan a lo expresado por el Artículo 8 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.
  • Deberán consultarse y verse cumplidas las bases expuestas por el SAT, de conformidad con el permiso emitido por la SEGOB.
  • Acreditar el estímulo hasta agotarlo tomando como punto de partida el mes siguiente a la entrega de los premios a cada ganador, una vez que ya hayan sido entregados al SAT los datos que imponga el órgano desconcentrado mediante reglas del Artículo 3.
  • Darle a conocer a la autoridad fiscal federal la información necesaria para efectuar el sorteo y la verificación de la entrega de las recompensas.
  • Los datos de los acreedores a los premios se apegan a lo expresado por el Artículo 8 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.
  • Deberán consultarse y verse cumplidas las bases expuestas por el SAT, de conformidad con el permiso emitido por la SEGOB.

Es necesario recalcar que el beneficio no se considerará como una entrada acumulable para efectos del Impuesto Sobre la Renta y consecuente a ello se releva a los beneficiarios de presentar el aviso de aplicación del estímulo previsto en el Artículo 25, primer párrafo, del Código Fiscal de la Federación, aunado a esto la aplicación del estímulo no dará lugar a la devolución ni a la compensación fiscal.

En Facture App esperamos que puedas aprovechar todos y más beneficios que el Buen Fin 2020 tiene para ti. 

En Facture App contamos con todos los requisitos y servicios para la administración y emisión de tu factura electrónica.

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Donativos, ejercer este derecho trae un doble beneficio. https://facture.com.mx/donativos-beneficios-fiscales-y-sus-limitaciones/ https://facture.com.mx/donativos-beneficios-fiscales-y-sus-limitaciones/#respond Wed, 04 Nov 2020 18:58:39 +0000 https://facture.com.mx/?p=13374 Ha ido creciendo la aportación que entidades o personas realizan a asociaciones u organismos de beneficencia cada año, donaciones que pueden ser tanto en especie como en efectivo, por esto, es necesario conocer el tratamiento fiscal que debe dársele a los donativos […]

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El apoyo a los sectores vulnerables siempre ha sido un factor importante en nuestro país, contribuir mediante donativos a distintos proyectos relacionados con el giro de la empresa o los valores y ética que se promueven dentro de la misma, es un acto bien visto en nuestra sociedad, dando valor agregado a la marca y garantizando su desarrollo en la localidad al implementar acciones de cooperación, además de los beneficios fiscales a los que se tiene derecho. 

Por esta razón, ha ido creciendo la aportación que entidades o personas realizan a asociaciones u organismos de beneficencia cada año; donaciones que pueden ser tanto en especie como en efectivo, por esto, es necesario conocer el tratamiento fiscal que debe dársele a los donativos.

En Facture App te diremos como obtener mayores beneficios fiscales, como empresa o contribuyente es importante que las donatarias autorizadas estén correctamente registradas y actualizadas para hacer deducibles las aportaciones; en términos generales podrán recibir donativos deducibles quienes realicen las siguientes actividades:


  • Asistenciales.
  • Educativas.
  • Investigación científica o tecnológica.
  • Culturales.
  • Ecológicas.


  • Apoyo económico.
  • Otorgantes de becas.
  • Escuela-empresa.
  • Obras y servicios públicos.
  • Defensa de los derechos humanos.


Para realizar donaciones en especie se debe considerar lo siguiente:

Si se trata de mercancía que por deterioro u otras causas hubiera perdido su valor y se deduzca de los inventarios, se debe presentar un aviso y el seguimiento correspondiente en el Sistema de Destrucción y Donación de Mercancías.

Si se trata de una donación de mercancía del extranjero se podrá importar sin pagar impuestos al comercio exterior si la donataria es una dependencia o entidad federal o local o una donataria autorizada por el SAT en el rubro asistencial, siempre que en este último caso sean bienes para atender los requerimientos básicos de subsistencia de alimentación, vestido, salud, vivienda, educación o protección civil de personas, sectores o regiones de escasos recursos, para lo cual se deberá presentar una solicitud de autorización. 


¿Qué es una donataria autorizada?

Se denomina donataria autorizada, a las asociaciones civiles o fideicomisos que están dadas de alta y tributan para fines fiscales como persona moral con fines no lucrativos. Además están autorizadas por el (SAT), para poder recibir donativos con el fin de contribuir con acciones de cooperación al desarrollo del pueblo. Estos donativos son deducibles del impuesto sobre la renta de los donadores, es importante mencionar que las asociaciones u organizaciones pueden ser AC, SC o IAPs. 



Donataria Autorizada


En el portal del SAT puedes encontrar el listado completo con las más de 13.000 instituciones tanto nacionales como extranjeras, este listado otorga la información organizada por Estados, por lo que le será fácil donar.

Límite en el monto de los donativos que se pueden deducir:

El donativo es 100% deducible, pero hay un monto máximo para esa deducción conforme a lo siguiente:

  • En donativos a la Federación: En entidades federativas, municipios o a sus organismos descentralizados hasta el 4% de la utilidad fiscal del ejercicio anterior en caso de ser persona moral, o los ingresos acumulables del ejercicio fiscal inmediato anterior tratándose de personas físicas.
  • En donativos a las donatarias autorizadas por el SAT: Hasta el 7% de la utilidad fiscal o ingresos acumulables a que se refiere el inciso anterior. En ningún caso el monto total de deducción debe ser superior al 7% de la utilidad fiscal o ingresos acumulables del ejercicio anterior. 

Los comprobantes que amparen un donativo incluirán esta información:

  • Nombre del donatario (no obligatorio, pero se recomienda).
  • Lugar y fecha de expedición.
  • El RFC de la persona a favor de quien se expide.
  • Expresión de ser un donativo.
  • Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes.
  • El número y la fecha  del oficio de la constancia de autorización para recibir donativos, o del documento de revocación, salvo tratándose de la Federación, entidades federativas, municipios, o sus organismos descentralizados si son personas morales sin fines de lucro, los organismos internacionales de los que México sea miembro de pleno derecho, así como las Comisiones de Derechos Humanos.
  • Indicar que el donativo no es deducible, si el bien se dedujo previamente para efectos del ISR.

Finalmente, se debe tener en cuenta que, para que a las empresas donantes se les reconozca la deducción se requiere una certificación de la entidad receptora, en donde conste la forma, el monto y la destinación de la donación, así como el cumplimiento de las condiciones anteriores. Por último y sin duda alguna, consideramos que el tema de los donativos está presente cada vez más en los planes de acción de los empresarios y las donaciones dejaron de estar exclusivamente en el mapa de los principales grupos económicos del país para pasar a las Pymes.

Fundamento legal: Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 36, 82 y 136.


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