¡Atención!, su factura electrónica cuenta con un rango de tiempo limitado para ser emitida. Tenga en consideración los siguientes aspectos:
- Atraso máximo: La fecha de emisión de su factura electrónica no puede tener un atraso mayor a 72 horas.
- Adelanto: Por ningún motivo se puede emitir una factura electrónica con una fecha futura. ¡Sin Excepción!
Para recibo de nómina la fecha de emisión debe ser igual a la fecha de pago.