¿Te llegó un crédito fiscal? Esto es lo que tienes que saber

Un crédito fiscal se define como el adeudo monetario que una persona física o moral tiene con el gobierno federal, administrado a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Este adeudo surge principalmente de la omisión en el pago de impuestos, ya sea de forma total o parcial, o por la incorrecta ejecución de los procesos fiscales establecidos por la ley. Es fundamental recordar que, en cualquier economía organizada, toda persona que participe en actividades económicas, ya sea como empleado, empresario, comerciante o profesional independiente, tiene la obligación de contribuir al gasto público mediante el pago de impuestos.

La existencia de un crédito fiscal implica que el contribuyente no ha cumplido con sus obligaciones tributarias en tiempo y forma, lo que genera un pasivo exigible por parte de la autoridad fiscal. Este incumplimiento puede derivarse en una serie de consecuencias legales y económicas, incluyendo recargos, multas e incluso procedimientos para el cobro del adeudo. La correcta comprensión de lo que constituye un crédito fiscal y el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias son elementos cruciales para mantener la salud financiera de cualquier agente económico y evitar complicaciones con la autoridad hacendaria.

¿Por qué se puede ser acreedor de un crédito fiscal?

Un crédito fiscal no se genera únicamente por vender y no declarar impuestos; existen otros factores.

Atraso en el pago de impuestos: Esta es una de las causas más directas. Si una persona física o moral no cumple con sus obligaciones fiscales en los plazos establecidos por la ley, automáticamente se genera un adeudo con el fisco. Este atraso no solo implica el pago del impuesto original, sino que también puede generar recargos.

Errores en la declaración y pago insuficiente: Es posible que al presentar una declaración de impuestos, se cometan errores que resulten en un pago menor al que realmente corresponde. Esto puede deberse a cálculos incorrectos, omisión de ingresos, deducciones improcedentes o una aplicación incorrecta de tasas.

Multas por incumplimiento de obligaciones fiscales: Además de los pagos de impuestos en sí, los contribuyentes tienen diversas obligaciones formales que deben cumplir. La omisión o el cumplimiento fuera de tiempo de estas obligaciones puede derivar en multas, que a su vez constituyen un crédito fiscal. Algunas de estas obligaciones incluyen:

  • Presentar declaraciones informativas en tiempo y forma.
  • Llevar la contabilidad electrónica de manera correcta o enviarla cuando sea requerida.
  • Expedir CFDI por las operaciones realizadas.
  • Atender requerimientos de la autoridad fiscal o proporcionar la información solicitada.
  • Estar inscrito en el RFC.

Es importante destacar que, una vez generado un crédito fiscal, la autoridad tiene la facultad de iniciar un proceso de cobro para asegurar su recuperación. Este proceso puede incluir embargos de bienes, bloqueo de cuentas bancarias y otras medidas legales. Por lo tanto, es fundamental que los contribuyentes lleven un control riguroso de sus obligaciones fiscales y busquen asesoría profesional para evitar incurrir en estas situaciones.

¿Cómo saber si tengo un crédito fiscal?

Para conocer si eres acreedor a un crédito fiscal, sigue los siguientes pasos:

  1. Entra al sitio web del SAT, lo encuentras como www.sat.gob.mx
  2. Inicia sesión, puedes hacer de dos formas, con tu RFC y contraseña o con tu e – firma.
  3. Busca la sección de “Adeudos fiscales”
  4. Descarga tu estatus y verifica si tienes deudas registradas.

¿Qué facilidades ofrece el SAT para pagar?

En el momento de que eres acreedor de un crédito fiscal, estás obligado a pagarlo, para así evitar más problemas y cumplir con tus obligaciones fiscales.

Las facilidades que ofrece el SAT para liquidar un crédito fiscal son:

  • Parcialidades: El SAT brinda esta modalidad para hacerle más fácil la liquidación de las deudas, a las personas físicas o morales, que no cuenten en el momento con el total del adeudo a liquidar. Pueden elegir el número de meses con hasta una opción de 36, para esto se debe de liquidar mínimo el 20% de la deuda, el resto será financiado con una tasa que esté de acuerdo al número de meses que se seleccionen.
  • Diferido: En la modalidad de pago diferido, también se debe de pagar mínimo el 20% con la diferencia de que se establecerá una fecha fija para liquidar el resto de la deuda. Esta fecha no puede ser mayor a los 12 meses, también se debe liquidar los recargos por la prórroga.

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