Será a partir del próximo 25 de julio cuando las empresas que generalmente se les conoce como “empresas fantasmas” serán notificadas para emitir facturas sin ningún respaldo operacional, lo que indica que tendrán más tiempo para presentar pruebas ante el fisco.
Es así como el Servicio de Administración Tributaria (SAT) contará con más días para valorar las pruebas presentadas según el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF) dado a conocer por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
En este artículo se establece que los contribuyentes tendrán un plazo de 15 días a partir de la última notificación para que hayan efectuado su trámite correspondiente.
Después de este plazo y con el fin de manifestar ante la autoridad fiscal lo que a su derecho convenga y aportar la documentación e información que consideren pertinentes para ser notificados por la autoridad.
Un punto que se deberá tomar en cuenta es que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dictaminó que será dentro de los primeros 20 días del nuevo plazo cuando se les podrá solicitar documentación e información adicional al contribuyente, misma que deberá entregarse dentro de los 10 días posteriores a su notificación de requerimiento por el buzón tributario.