Desde ya hace algunos años, en el Código Fiscal de la Federación se añadieron los conceptos de manera obligatoria “Pago en una sola exhibición (PUE)” y “Pago en parcialidades o diferido (PPD)” al expedir los comprobantes fiscales CFDI.
En consecuente, el “Pago en una sola exhibición” se ha manejado para las facturas que se realizan y se pagan al momento, evitando superar las 24 horas en que se emitió la factura.
En el otro caso, cuando el comprobante se liquida después de la emisión de la factura o que ésta se abone en varios pagos, se debe de agregar el método de pago como “Parcialidades o diferido” y posteriormente cuando se reciba dicha cantidad se emitirá de manera obligatoria un Comprobante de Recepción de Pagos (documento para acreditar la venta o compra de un producto/servicio).
Nueva Facilidad
La versión CFDI 3.3 ahora cambia este significado, ya que a través de la nueva Resolución Miscelánea Fiscal que se dió a conocer este 22 de abril del 2019 por el SAT, la opción de poder utilizar “Pago en una sola exhibición” también será para facturas que no sean liquidadas al momento.
Con este cambio al emitir la factura a tu cliente, deberás seleccionar el método de pago mencionado anteriormente, podrás indicar la forma en que tu cliente te realizará el pago, y tendrán que acordar una fecha en que se realice efectivamente el pago de la totalidad del comprobante, a más tardar el último día del mes del plazo señalado. Siendo así una opción para que puedas evitar la emisión del comprobante de pago.
Ahora bien, para poder aprovechar esta facilidad administrativa, se tomará en cuenta lo siguiente:
• Se considera sólo y únicamente para efectos fiscales de facturación, es decir, comprobantes que no incluyan impuestos de retención.
• Si el documento no se liquida antes de la fecha señalada, se tendrá que cancelar y se emitirá uno nuevo.
• Si la forma con la que te van a pagar tu servicio/producto, no es la misma que agregaste a tu factura, debes cancelarla y emitir una nueva agregando la forma correcta con la que se te está pagando.
Te dejamos un pequeño resumen para tener un poco más claro el nuevo proceso del complemento de pago en “PUE”.
¡Así que ya lo sabes!, ahora puedes elegir a la hora de realizar tu facturación.
Regístrate ahora y realiza tu complemento de pago.
Gracias por el comentario, es de gran utilidad. Colo una pregunta, ¿a partir de que fecha debemos considerar esta nueva posibilidad para los PUE?