En este regreso a clases, te recordamos que el pago de colegiaturas y transporte escolar puede ser deducible en la declaración anual de personas físicas.
Este beneficio fiscal aplica para ascendientes o descendientes en línea recta, siempre que no perciban ingresos anuales superiores a $41,273.
Transporte escolar
Cuando el transporte se incluya dentro de la colegiatura, deberá desglosarse en la factura el monto correspondiente, para que la deducción sea válida. Importante: otros conceptos como inscripción, reinscripción, becas u otros apoyos no son deducibles.
Límites por nivel educativo
No se deberá exceder el monto máximo deducible por estudiante en cada nivel:
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Preescolar: $14,200
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Primaria: $12,900
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Secundaria: $19,900
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Profesional técnico: $17,100
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Bachillerato o equivalente: $24,500
Métodos de pago aceptados
La autoridad fiscal únicamente reconoce el beneficio si se utilizan los siguientes métodos de pago:
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Transferencia electrónica
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Cheque nominativo
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Tarjeta de débito, crédito o servicios
Las escuelas deben contar con reconocimiento de validez oficial de estudios, lo cual puedes consultar en el siguiente enlace oficial del SAT: http://consultaescuelas.sat.gob.mx/Scade.Net.ConsultaEscuelasPrivadas/Default.aspx
Revisa cuidadosamente tus facturas y corrobora:
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Nombre y CURP del alumno.
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Nivel escolar.
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Clave de reconocimiento de validez oficial.
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En el apartado “Uso del CFDI” debe aparecer “Pagos por servicios educativos”.
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La clave del método de pago debe coincidir con el realmente utilizado.
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