Educación financiera Archives - Facture App https://facture.com.mx/category/base-de-conocimiento/ed-financiera/ Plataforma para facturación, nómina y contabilidad Fri, 01 Sep 2023 23:54:03 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.9.4 https://facture.com.mx/wp-content/uploads/2025/05/IconoPestanaWordpress-100x100.png Educación financiera Archives - Facture App https://facture.com.mx/category/base-de-conocimiento/ed-financiera/ 32 32 Nueva versión de facturas en 2022: CFDI 4.0 https://facture.com.mx/nueva-version-de-facturas-en-2022-cfdi-4-0/ https://facture.com.mx/nueva-version-de-facturas-en-2022-cfdi-4-0/#comments Mon, 24 Jan 2022 23:42:43 +0000 https://facture.com.mx/?p=15186 El CFDI 4.0 constituye la única modalidad aceptada por la autoridad fiscal para emitir comprobantes de pago a partir del 1 de enero de 2022, fecha que marca el inicio de su emisión obligatoria, existe un periodo de convivencia para la emisión correcta de las facturas hasta el 30 de abril del 2022.

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¿Qué es el CFDI 4.0?

El CFDI versión 4.0 constituye la única modalidad aceptada por la autoridad fiscal para emitir comprobantes de pago a partir del 1 de enero de 2022, fecha que marca el inicio de su emisión obligatoria, se otorgó un periodo de convivencia para la emisión correcta de las facturas hasta el 30 de junio del 2022.

La versión 4.0 del CFDI sustituye a la versión 3.3 que estaba vigente desde el 1 de julio del 2017. La finalidad de está nueva versión es actualizar las características que tendrá la factura electrónica en 2022.

Cambios en la factura 4.0 del sat

Conoce los cambios que tendrá la factura electrónica a partir del 1 de enero de 2022:
 
  • Existirá la versión 4.0.
  • Incluirá de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor.
  • Incluirá campos para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías.
  • Identificará si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos.
  • Incorporará nuevos apartados para reportar información respecto de las operaciones con el público en general; así como, aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas.
El CFDI que ampara retenciones información de pagos:
 
  • La versión será la 2.0.
  • Incluirá de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor.
  • Permitirá relacionar otros CFDI.

 

El Complemento para recepción de pagos:
 
  • La versión será 2.0.
  • Se incluyen nuevos campos para identificar sí los pagos de las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos.
  • Se incluye un nuevo apartado con el resumen de los importes totales de los pagos realizados expresados en moneda nacional, así como los impuestos que se trasladan.
 
  • A partir del 2022 será necesario señalar el motivo de la cancelación de los comprobantes.
  • Al seleccionar como motivo de cancelación la clave 01 “Comprobante emitido con errores con relación” deberá relacionarse el folio fiscal del comprobante que sustituye al cancelado.
  • Se actualizan los plazos para realizar la cancelación de facturas.
Más información

El contenido de esta página es de carácter informativo.

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Actualización al servicio de cancelación de facturas 2022 https://facture.com.mx/actualizacion-al-servicio-de-cancelacion-de-facturas-2022/ https://facture.com.mx/actualizacion-al-servicio-de-cancelacion-de-facturas-2022/#comments Thu, 23 Dec 2021 20:26:00 +0000 https://facture.com.mx/?p=15172 La cancelación de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) para 2022 tendrá una actualización importante a considerar, ya que como contribuyente deberás informar al SAT el motivo por el cual estás cancelando las facturas electrónicas.

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La cancelación de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) para 2022 tendrá una actualización importante a considerar, ya que como contribuyente deberás informar al SAT el motivo por el cual estás cancelando las facturas electrónicas.

Reforma Fiscal 2022 al CFDI

Reforma Fiscal 2022 al CFDI

En noviembre del 2021 se publican las reformas fiscales para 2022 entre las cuáles se encuentra la modificación a los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación del DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, del Código Fiscal de la Federación y otros ordenamientos.

Los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet sólo podrán cancelarse en el ejercicio que se expidan y siempre que la persona a favor de quien se facture acepte su cancelación.

De acuerdo a información del SAT algunos de los cambios que traerá la actualización al servicio de cancelación de facturas son:

  • A partir del 2022 será necesario señalar el motivo de la cancelación de los comprobantes.
  • Al seleccionar como motivo de cancelación la clave 01 “Comprobante emitido con errores con relación” deberá relacionarse el folio fiscal del comprobante que sustituye al cancelado.
  • Se actualizan los plazos para realizar la cancelación de facturas.

Ahora tendrás que capturar el motivo de la cancelación del CFDI, te compartimos el nuevo catálogo de motivos de cancelación del CFDI 4.0:

Puedes revisar el documento de Preguntas frecuentes y escenarios de cancelación conforme a la Reforma Fiscal 2022 aquí.

Nosotros ya estamos trabajando en las adecuaciones para el nuevo proceso 2022, por lo que reiteramos nuestro compromiso para que tengas la mejor experiencia en facturación electrónica con Facture App.

Si tienes dudas de como hacer la cancelación con nuestra plataforma, acércate y con gusto te ayudamos a resolverlas. Estamos al pendiente de este tema y más para mantenerte informado.

¿Quieres más información?

Contacta a nuestro servicio de atención al cliente, estamos para apoyarte.

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Estímulos fiscales del SAT, en el BUEN FIN 2020 https://facture.com.mx/estimulos-fiscales-sat-buen-fin-2020-pago-electronico/ https://facture.com.mx/estimulos-fiscales-sat-buen-fin-2020-pago-electronico/#respond Thu, 12 Nov 2020 16:36:57 +0000 https://facture.com.mx/?p=13423 ¡Llegó el Buen Fin 2020! Conoce los estímulos fiscales que el SAT tiene para ti. El reto del SAT es incentivar el uso de métodos de pago electrónicos, por lo que se han dado a conocer los siguientes beneficios […]

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La conveniencia de los métodos de pago electrónicos.

Estamos arrancando con una nueva edición de la campaña Buen Fin 2020 en el territorio nacional.

Como parte de los estímulos fiscales del SAT, es incentivar el uso de métodos de pago electrónicos, por lo que se han dado a conocer los siguientes beneficios que podrán ser puestos a disposición de quienes ofertan y demandan la compra y venta de productos y o servicios durante el Buen Fin 2020.

La época de rebajas y descuentos que permanecerá vigente por medio de disposición transitoria hasta el 31 de diciembre del año 2020.

Fue anunciado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto con la capacidad de conceder estímulos de tipo fiscales con la finalidad de promover el uso de canales de pago electrónicos que puedan ser habilitados durante el Buen Fin.

Pago electrónico Facture App

El edicto antes mencionado estipula la premiación a los usuarios de tarjetas bancarias y departamentales, por conducto de un sorteo, siempre y cuando hagan uso de medios electrónicos para culminar la compra de bienes y/o servicios mientras la vigencia del decreto se encuentre en estado activo.

En conjunto también se abre la posibilidad de acreditar contra el (ISR) propio o el retenido a terceros, el importe de los premios concedidos sin que este sobrepase los quinientos millones de pesos.

Los estímulos fiscales del SAT tienen como finalidad orientar a los comercios y sus representantes al establecimiento de medios de pago electrónicos.

A continuación se dan a conocer cuales son los contribuyentes que pueden ser beneficiados por este estímulo:

1.- Entidades financieras y emisoras de tarjetas que se encuentren bajo el amparo de un titular de marca. 

2.- Entidades comerciales ligadas a la compra de bienes y servicios que han sido llevadas a cabo con tarjetas de servicios ejecutadas en nuestro país.

Los impuestos generados por el estado serán cubiertos por la federación a la entidad federativa en la cual sean concedidos los estímulos fiscales del SAT, por medio de un proceso conocido como procedimiento de compensación definitiva de fondos y en términos del segundo párrafo del Artículo 15 de la ley de Coordinación Fiscal.

Criterios que deben cumplirse para tener acceso al estímulo:

  • Acreditar el estímulo hasta agotarlo tomando como punto de partida el mes siguiente a la entrega de los premios a cada ganador.

 

  • Darle a conocer a la autoridad fiscal federal la información necesaria para efectuar el sorteo y la verificación de la entrega de las recompensas.

 

  • Los datos de los acreedores a los premios se apegan a lo expresado por el Artículo 8 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.
  • Deberán consultarse y verse cumplidas las bases expuestas por el SAT, de conformidad con el permiso emitido por la SEGOB.
  • Acreditar el estímulo hasta agotarlo tomando como punto de partida el mes siguiente a la entrega de los premios a cada ganador, una vez que ya hayan sido entregados al SAT los datos que imponga el órgano desconcentrado mediante reglas del Artículo 3.
  • Darle a conocer a la autoridad fiscal federal la información necesaria para efectuar el sorteo y la verificación de la entrega de las recompensas.
  • Los datos de los acreedores a los premios se apegan a lo expresado por el Artículo 8 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.
  • Deberán consultarse y verse cumplidas las bases expuestas por el SAT, de conformidad con el permiso emitido por la SEGOB.

Es necesario recalcar que el beneficio no se considerará como una entrada acumulable para efectos del Impuesto Sobre la Renta y consecuente a ello se releva a los beneficiarios de presentar el aviso de aplicación del estímulo previsto en el Artículo 25, primer párrafo, del Código Fiscal de la Federación, aunado a esto la aplicación del estímulo no dará lugar a la devolución ni a la compensación fiscal.

En Facture App esperamos que puedas aprovechar todos y más beneficios que el Buen Fin 2020 tiene para ti. 

En Facture App contamos con todos los requisitos y servicios para la administración y emisión de tu factura electrónica.

Recuerda, tu elección inteligente en facturación electrónica es ¡Facture App!

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Conoce las diferencias entre las tasas de IVA y su acreditamiento https://facture.com.mx/conoce-las-diferencias-entre-las-tasas-de-iva-y-su-acreditamiento/ https://facture.com.mx/conoce-las-diferencias-entre-las-tasas-de-iva-y-su-acreditamiento/#respond Mon, 13 Jul 2020 14:08:18 +0000 https://facture.com.mx/?p=13086   En algunas ocasiones te has preguntado, ¿cuál es la diferencia entre un servicio o producto exento, a uno que está gravado a tasa 0% y 16% o aquellos que NO son sujetos de IVA? Ya que si nos referimos a cálculos y números, el resultado será el mismo, pero si nos referimos a lo [...]

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En algunas ocasiones te has preguntado, ¿cuál es la diferencia entre un servicio o producto exento, a uno que está gravado a tasa 0% y 16% o aquellos que NO son sujetos de IVA?

Ya que si nos referimos a cálculos y números, el resultado será el mismo, pero si nos referimos a lo que establece la Ley del Impuesto al Valor Agregado nos indica que tiene tres categorías:

Tasa 16%

Tasa 0%

Exento

Una definición uniforme, para la tasa 16%  es que aplica a la generalidad de las actividades económicas gravadas y que sean distintas a las de tasas  0% y actos exentos.

En la tasa 0% el consumidor no paga gravamen alguno del Impuesto al Valor Agregado y se aplica en algunos bienes y servicios, entre ellos:

  • La enajenación de animales y vegetales que no estén industrializados.
  • Medicinas de patente.
  • Productos destinados a la alimentación.
  • Hielo y agua no gaseosa ni compuesta cuando su presentación sea en envases menores de diez litros.
  • Tractores para accionar implementos agrícolas.
  • Fertilizantes.
  • Fungicidas que estén destinados para ser utilizados en la agricultura o ganadería.

La ley del IVA contempla algunos productos o servicios exentos de este impuesto como:

Venta de casa-habitación.

 El suelo.

 Transporte público terrestre de personas.

 Servicios de enseñanza.

 Arrendamiento de inmuebles destinados o utilizados para casa-habitación.

Por otro lado existen productos y servicios que no son objeto de IVA, es decir, que no están contemplados en la ley del impuesto al valor agregado (No objeto de IVA no debe de confundirse con las operaciones que estén exentas o tengan tasa 0%), por lo tanto al momento de facturarlo, se debe poner la clave 01010101 y en el nodo impuesto no debe de ir ninguna de las tasas del IVA que anteriormente se mencionaron. Algunos de estos productos o servicios pueden ser:

Las indemnizaciones que pagan las instituciones de seguros cuando ocurren los siniestros.

Premios por algún sorteo.

Apoyos de becas gubernamentales

La diferencia entre las tasas del IVA es la forma de acreditamiento del impuesto de cada una de las tasas.

Por acreditamiento se entiende el impuesto al valor agregado que haya sido trasladado al contribuyente por sus ventas de bienes o servicios y el propio impuesto que él hubiese pagado por los compras o gastos de bienes o servicios, en el mes de que se trate. Es decir, la diferencia entre el IVA trasladado (ventas) menos el IVA acreditable (compras o gastos) es igual a Saldo a cargo o a favor del contribuyente.

La diferencia entre actividades con tasa 16%, 0% y actividades exentas, radica en que a la tasa 16% y 0%, se les da el derecho o beneficio de acreditar el IVA o exigir al fisco que les devuelva el impuesto pagado que se les hubiera trasladado; mientras que en las actividades exentas, el IVA pagado en sus erogaciones no tiene derecho al acreditamiento, y por lo tanto no podrán solicitar devolución del impuesto trasladado por los proveedores, por lo que se incluirá como parte del costo.

En Facture App avanzamos contigo, por ello te invitamos a probar nuestra plataforma de facturación electrónica, si tienes alguna duda llama a nuestro equipo de soporte.



Solución a tus necesidades fiscales

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Todo lo que necesitas saber sobre las claves del SAT https://facture.com.mx/todo-lo-que-necesitas-saber-sobre-las-claves-del-sat-facturacion-electronica/ https://facture.com.mx/todo-lo-que-necesitas-saber-sobre-las-claves-del-sat-facturacion-electronica/#respond Tue, 04 Feb 2020 14:00:20 +0000 https://facture.com.mx/?p=10906 El SAT cuenta con catálogo de productos y servicios, el cual contiene distintas claves que se utilizan en la facturación electrónica ¿Cómo surgen? El uso de claves para la facturación electrónica surge con el fin de conocer qué productos o servicios se están comercializando, y el uso que los usuarios le dan, además de identificar [...]

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El SAT cuenta con catálogo de productos y servicios, el cual contiene distintas claves que se utilizan en la facturación electrónica

¿Cómo surgen?

El uso de claves para la facturación electrónica surge con el fin de conocer qué productos o servicios se están comercializando, y el uso que los usuarios le dan, además de identificar si estos mismos están realizando las retenciones de impuestos de manera correcta.

Con la llegada de la facturación electrónica 3.3 a México, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) busca facilitar la emisión de las facturas a través de una herramienta interactiva para consultar las claves de productos, servicios y unidades de medida que se deben asentar.

Este catálogo no es una invención de las autoridades del SAT.  La autoridades hacendarias adoptaron el Catálogo de Productos y Servicios Estándar de las Naciones Unidas (UNSPSC por sus siglas en inglés); el cual, es un sistema de codificación genérico de seis dígitos, diseñado para facilitar la identificación de bienes y servicios, fue desarrollado sobre la base del sistema de clasificación central de productos (CPC) y creado por la Oficina de Estadísticas de la ONU.

Conoce nuestro módulo: Partidas con Excel | Facture App

¿Para qué sirven?

Con la facturación electrónica 3.3 los contribuyentes cuentan con beneficios como información estandarizada y confiable en las transacciones, disminuyendo así la posibilidad de ser sancionados.

El código que se agrega al comprobante fiscal emitido definirá el destino fiscal del receptor, ya sea deducción o acreditamiento.

El sistema se creó como una herramienta práctica para facilitar el abastecimiento de productos y la simplificación de los reportes estadísticos, el intercambio de información sobre fuentes de suministro, y el desarrollo de una base de datos común de fuentes de aprovisionamiento.

Claves del SAT más utilizadas

Existen más de 50 mil claves en el catálogo del SAT para clasificar los productos y servicios, así como las medidas y más especificaciones necesarias para la facturación electrónica.

¿Son demasiados verdad? El SAT cuenta con un catálogo en línea donde podrás ir filtrando categorías para ingresar el código que necesites

Ir a catálogo: Catálogo en línea SAT 

Estas son algunas de las claves de unidad más utilizadas:

Múltiplos / Fracciones / Decimales H87 Pieza
Unidades de venta EA Elemento
Unidades específicas de la industria (varias) E48 Unidad de Servicio
Unidades de venta ACT Actividad
Mecánica KGM Kilogramo
Unidades específicas de la industria (varias) E51 Trabajo

Claves del SAT más curiosas 

Dentro de tantas claves en el catálogo del SAT, en algún momento llegaron a estar algunos que no te imaginas, te presentamos los códigos del SAT que te sacarán una sonrisa.

Clavesrarasdelsat-FactureApp

 

¿Conocías estos códigos del SAT o sabes de algún otro que nos haya faltado? Háznoslo saber en los comentarios de aquí abajo

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