Deducciones Personales

Las deducciones personales son un documento que permite calcular el ISR anual. Es decir, son gastos que los contribuyentes acumulan y tienen derecho a disminuir sus ingresos en la Declaración Anual del ejercicio.

Al aplicar las deducciones personales, puedes gozar de que Hacienda te regrese un monto por devolución de impuestos o que el monto a pagar de ISR disminuya.

Cabe mencionar que la  fecha límite en el que las personas físicas pueden presentar su Declaración Anual es el 30 de abril de cada año.  

Gastos que entran como deducción personal

Para aquellas personas físicas que si presentan Declaración Anual y deciden utilizar las deducciones personales, es importante considerar que el pago de los gastos debe ser por cheque nominativo, transferencia electrónica, algún servicio, alguna tarjeta de crédito o débito. Las deducciones personales se dividen, por salud, educación, y los más comunes que serían gastos funerarios, donación o aportaciones al afore.

Estas son algunas de las Deducciones Personales:

Salud

  • Honorarios médicos, servicios profesionales como psicología, nutrición y servicios dentales.
  • Gastos hospitalarios con medicinas incluidas en facturas de hospitales. 
  • Análisis, estudios clínicos. 
  • Compra o alquiler de aparatos de rehabilitación del paciente.
  • Prótesis. 

Educación

  • Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Desde el nivel de preescolar hasta bachillerato.

Otros

  • Gastos funerarios de tu cónyuge así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos, podrás realizarlos con cualquier medio de pago y debes contar con la factura.
  • Intereses reales y efectivamente pagados por créditos hipotecarios , destinados a tú casa habitación, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras y siempre que el crédito otorgado no exceda el presupuesto.
  • Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos.

Te compartimos esta información según el SAT, te recomendamos consultar las disposiciones fiscales a las que tu régimen corresponda, así podrás revisar con más detalle los ordenamientos jurídicos de tu actividad.