Emisión correcta del Complemento de Pago

La Factura de Recepción de Pagos o Complemento de Pagos, es un tipo de CFDI que nace con la implementación de la factura CFDI versión 3.3, y que es obligatorio emitir a partir del 1ro de Septiembre del 2018.

En Facture App, te contamos los beneficios que tiene la generación del complemento de pagos dentro de tus actividades comerciales:

  • Tener un mejor manejo y control de nuestras cuentas por cobrar y por pagar.
  • Facilitar el control del sistema de flujo de efectivo.
  • Dar mayor visibilidad a nuestros procesos de cobranza.

¿Qué es un complemento de pago?

El complemento de pago, también conocido más recientemente como Recibo Electrónico de Pagos (REP) es un documento que todos los contribuyentes deben emitir por cada pago que reciban y el cual debe relacionarse con una factura. La información que contendrá dicho complemento estará relacionada con el pago o los pagos que se han recibido.

¿En qué momento se debe de expedir un complemento de pago?

Cuando el emisor no reciba el pago al momento de la contraprestación del bien o servicio, deberá emitir una factura de Tipo Ingreso (I), con método de pago PPD (Pago en parcialidades o diferido).

En el momento en que el emisor reciba un pago o pagos por la factura de tipo Ingreso, deberá emitir un complemento de pago por cada pago recibido o bien uno portodos los pagos recibidos en un mes, siempre que estos sean efectuados por un mismo receptor.

¿Cómo se genera el complemento de pago?

El recibo electrónico de pagos se llena igual que cualquier otra factura, pero debemos poner atención en los siguientes elementos:

  1. Tipo de Comprobante: P (Pago).
  2. Uso de CFDI: Por definir.
  3. Llenar la información referente al pago:
    • Fecha de pago
    • Forma de pago
    • Monto del pago
    • Código de moneda

  4. Identificar y relacionar el CFDI original, es decir la factura por la que estamos recibiendo el pago.

¿Qué tiempo tengo para expedir el complemento de pago?

El CFDI con “Complemento para recepción de pagos” deberá emitirse a más tardar al décimo día natural del mes inmediato siguiente al que corresponda el o los pagos recibidos.

Facilidad Administrativa Fiscal

De acuerdo a la regla 2.7.1.43 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, existe la opción de emitir un CFDI con método de pago PUE (Pago en una sola exhibición), aún cuando la contraprestación no haya sido pagada en los siguientes casos:

  • a) Se haya pactado o se estime que el monto total que ampare el comprobante se recibirá a más tardar el último día del mes de calendario en el cual se expidió el CFDI.
  • b) Señalen en el CFDI como método de pago PUE y cuál será la forma en que se recibirá dicho pago.
  • c) Se realice efectivamente el pago de la totalidad de la contraprestación a más tardar en el plazo señalado en la fracción.

Cuando no se llegue a cumplir alguno de los puntos anteriores se realizará lo siguiente:

  • En aquellos casos en que el pago se realice en una forma distinta a la que se señaló en el CFDI, el contribuyente cancelará el CFDI emitido por la operación y emitirá uno nuevo, señalando como forma de pago la que efectivamente corresponda.
  • En el caso de que la totalidad del pago de la operación que ampara el CFDI no se realice a más tardar el último día del mes en que se expidió este comprobante, el contribuyente cancelará el CFDI emitido por la operación y emitirá uno nuevo señalando como forma de pago “99” por definir y como método de pago “PPD” (Pago en parcialidades o diferido), relacionando el nuevo CFDI con el emitido originalmente como “Sustitución de los CFDI previos”, debiendo adicionalmente emitir por el pago o los pagos que efectivamente le realicen, el CFDI con complemento para recepción de pagos que corresponda.

Recuerda:

  • El complemento de pagos no aplica para asalariados ni para honorarios, excepto en el caso de que los honorarios se paguen de manera diferida.
  • Cuando en el comprobante existan errores, este podrá cancelarse siempre que se sustituya por otro con los datos correctos.
  • Si no te emiten el complemento de pagos, repórtalo a través del portal del SAT en el apartado de “Solicitudes para la no emisión de factura”.
  • Las sanciones por no emitir este complemento son las mismas que por no expedir factura.
  • El complemento de pago es un requisito para deducir un gasto o acreditar un impuesto.


En Facture App, puedes emitir cualquier tipo de comprobante, incluyendo complementos de pago, amparando con esto los ingresos que recibas para tus comprobantes con método de pago diferido o en parcialidades.

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2 comentarios de “Emisión correcta del Complemento de Pago

  1. ANA ACOSTA dice:

    HOLA, PODRIAN SER TAN AMABLES DE ENVIARME UN TUTORIAL DE COMO SE ELABORA UN COMPLEMENTO DE PAGO Y UNA CARTA PORTE POR FAVOR

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