¿Qué es el complemento concepto por cuenta de terceros?
El complemento por cuenta de terceros es una facilidad que permite a empresas o prestatarios, delegar algunas operaciones a personas llamados comisionistas o terceros para gestionar compras de bienes y servicios con proveedores a nombre de una persona o empresa.
¿Quiénes utilizan el complemento?
En la regla 2.7.1.3. nos dice que aquellos individuos que actúen como comisionistas o que presten servicios de cobranza ya sea personas físicas o morales llamados también como terceros, podrán expedir una factura a nombre y por cuenta de las empresas o prestatarios con los que mantenga un contrato de comisión o prestación de servicios de cobranza.
Se puede observar en esta regla que los terceros, van a poder expedir una factura a nombre de quien los contrató, una vez que hayan realizado alguna adquisición de bienes, y a dicha factura le habrán de incorporar un complemento que indicará que el pago se realiza a cuenta de un tercero.
Los pagos a través de un Tercero no deben incluir las contribuciones, viáticos o gastos de viaje, se trata solo de los pagos que se realicen por la adquisición de bienes o la obtención de servicios.
¿Como se pueden realizar gastos hacia Terceros?
Hay 2 formas de realizar gastos a través de terceros:
1.- Que el tercero gaste un monto y el prestatario le reembolse lo que gastó.
El tercero pondrá de su bolsillo para realizar los pagos o compra de mercancía que el prestatario requiera, para que le puedan reiterar el monto gastado deberá realizar lo siguiente:
a) El tercero solicitará una factura con el RFC del prestatario, si éste es extranjero se utilizará un RFC genérico XEXX010101000.
b) Solamente el prestatario podrá autorizar el IVA que realice el tercero.
c) Cuando el prestatario le reembolse el monto de los pagos que realizó el tercero, estos deberán ser por el valor total de la factura o facturas que emitió el tercero al prestar sus servicios.
d) Los pagos deberán ser solo y exclusivamente por cheque nominativo o por transferencia bancaria.
2.- Que el prestatario proporcione el dinero para realizar las compras a través del tercero.
En esta parte el prestatario tendrá que dar un monto al tercero para que pueda generar los pagos o compra de mercancía. El tercero y el prestatario tendrán que considerar los siguientes puntos para su deducción fiscal:
a) El prestatario debe entregar el dinero al tercero con cheque nominativo o transferencia bancaria.
b) El Tercero deberá contar con una cuenta bancaria solo para recibir ingresos del prestatario, es decir, que solamente tendrá su cuenta, con el fin de realizar este tipo de transacciones como gastos del prestatario.
c) El tercero solicitará una factura con el RFC del prestatario, si éste es extranjero se utilizará un RFC genérico.
d) Si al tercero le sobra dinero de la cantidad que le dio el Prestatario, éste debe ser regresado de la misma forma que lo depositaron a su cuenta.
e) El dinero depositado por el prestatario hacia al tercero, solamente se utilizará para los pagos o compra de mercancía que envíen a realizar al tercero, sino se realiza ninguna acción, el dinero deberá ser reintegrado al prestatario a más tardar en 60 días hábiles.
Es importante considerar que, si no se reintegra el dinero al prestatario en esos 60 días hábiles, el prestatario tendrá que emitir una factura de anticipo, reconociendo el ingreso desde el día que le fue depositado al tercero.
Facture App trabaja día a día para implementamos nuevos requerimientos, te recomendamos utilizar las facturas con el complemento de Pagos por Cuenta de Terceros.
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