Uber, factura electrónica

El sat ya tiene fecha para implementar impuestos a socios conductores

 

México es la capital con una de las mayores bases de usuarios que solicitan transporte o entrega de alimentos mediante aplicaciones móviles como lo son Uber, Go drive, Rapi, entre otros.

 

¿Eres conductor de uber o alguna plataforma de transporte?

El SAT puso en marcha esta nueva facilidad de retenciones, dirigido a las personas que se emplean de forma independiente en alguna de las plataformas como Uber, DiDi, Cabify, Rappi y obtengan ingresos de sus servicios de transporte y entrega de alimentos.

La Resolución de la Miscelánea Fiscal estableció que a partir de abril del presente año las empresas que tienen este tipo de plataformas digitales, podrían considerar retener a sus socios de manera directa un impuesto, de su ingreso mensual, sin embargo, el SAT aún está adaptando la manera en que se efectuará el cobro de impuestos, por lo que esta facilidad administrativa entrará de manera formal a partir del 1 de junio.

Esta actualización solamente es para aquellas empresas que brindan el uso de plataformas a personas físicas, las cuales ejercen los servicios de transporte de pasajeros o entrega de alimentos preparados. La empresa deberá inscribirse en el régimen de actividad empresarial o profesional y régimen de incorporación fiscal.

Desde que entraron este tipo de plataformas tecnológicas a nuestra ciudad y a otras ciudades más, los sindicatos de los taxistas y algunas compañías de transporte han negado su entrada, ya que comentan que tienen ventajas injustas, pues sus impuestos son más bajos y son muchos menos los requisitos para poder obtener los permisos de conductor.

¿Cómo se aplicará?

Cuando un usuario que solicita el servicio requiere una factura, la plataforma que provee el servicio es la que tendrá que realizarle dicho comprobante digital. Posteriormente el socio conductor o el que efectúa los servicios, tendrá que realizar una factura a la plataforma proveedora, aplicando las retenciones de IVA e ISR a los montos totales que cobre a los usuarios, ya sea semanal o mensualmente.

Del mismo modo el socio conductor tendrá que agregar en su CFDI un complemento llamado “Viajes plataformas tecnológicas” donde vendrá la información de los viajes y pagos cobrados por cada viaje o servicio que se realice.

 

El SAT indica que se están realizando algunos ajustes para expedir este complemento, el cuál entrará en vigor 30 días después de que el SAT lo publique en su portal. Cuando se requiera este complemento Facture App lo tendrá disponible.

Nos adecuamos a todos los cambios e implementamos nuevos requerimientos.

 

 

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Un comentario de “Uber, factura electrónica

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