¿Sabes si debes o no realizar tu Declaración Anual? Si eres una persona física con actividad empresarial, obtienes ganancias por dividendos, intereses o prestas servicios profesionales, SÍ, debes realizar tu Declaración Anual a más tardar el 30 de abril del presente año.
Por su parte, si eres asalariado, no estás obligado a declarar si recibes ingresos exclusivamente por salarios, (sin importar el monto), o bien, salarios más intereses hasta por 20 mil pesos. Si quieres declarar lo puedes hacer en cualquier momento del año.
Este año es muy fácil hacer tu Declaración Anual a través del portal SAT, esto gracias al uso de la facturación electrónica, la cual ya tiene precargados tus ingresos, retenciones y deducciones.
Podrás hacer tu Declaración Anual en tres sencillos pasos: revisar, aceptar y enviar.
Para entrar al portal de SAT necesitarás tu contraseña, recuerda que la e.firma únicamente es necesaria cuando tu saldo a favor es mayor a 10 mil pesos y vas a cambiar tu cuenta CLABE.
No requiere instalación, úselo desde cualquier lugar con conexión a Internet. Facturas sin vigencia.
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