¿Qué es la Carta Porte?

El Complemento Carta Porte es el documento que tiene como objetivo demostrar en todo momento la legal tenencia de la mercancía y/o carga, para saber a quién corresponde la mercancía y que destino tendrá.

La Carta Porte ahora es un complemento de factura, integra la información de los bienes o mercancías que transportas, ubicaciones de origen y destino, medios de transporte, operadores, etc. Es el documento que ampara el traslado de tus mercancías y que agrega al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) los datos más importantes de la actividad por la que se movilizan los bienes.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su sitio oficial el uso obligatorio del complemento Carta Porte a partir del 1 de enero de 2022, aunque tienes hasta el 31 de diciembre del 2023 como período de transición para emitir correctamente el Complemento sin multas y sanciones, es decir, tienes que emitir el Complemento Carta Porte pero si hay algún error de elaboración en este periodo de transición no te genera multa. Este debe cumplir con los requisitos del “Estándar del complemento Carta Porte” y el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el Complemento Carta Porte”.

¿QUIÉNES DEBEN EMITIR EL CFDI CON COMPLEMENTO CARTA PORTE?

De acuerdo al portal del SAT, si te dedicas al traslado de bienes o mercancías, emite un CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte y ampara el cobro por el servicio que estás prestando, así como el traslado en territorio nacional. Por ejemplo, si te contratan para transportar un lote de zapatos desde Guanajuato a la CDMX en un camión de carga, deberás emitir una factura electrónica de Ingreso con complemento Carta Porte.

Si te contratan para transportar mercancía de un lugar a otro, dentro de la misma ciudad (no utilizas carreteras federales), deberás emitir una factura electrónica de tipo Ingreso con el complemento Carta Porte.

Si eres el propietario de los bienes o mercancías o actúas como intermediario o agente de transporte y necesitas trasladar mercancías, emite un CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte y ampara el traslado por territorio nacional.

Si eres el propietario de los bienes o mercancías y necesitas trasladarlas con tus propios medios de un lugar a otro, dentro de la misma ciudad (no utilizas carreteras federales), deberás emitir una factura electrónica de tipo Traslado con el complemento Carta Porte.

En la prestación de servicios de paquetería o mensajería tratándose del traslado exclusivo de mensajes o sobres sin valor comercial, se deberá emitir un CFDI de tipo traslado sin complemento Carta Porte por cada servicio de traslado.

Si transportas bienes y/o mercancías en alguna zona local, usando vehículos de carga ligera con características menores a las de un camión tipo “C2”, conforme a lo establecido en la NOM-012-SCT-2-2017, no estás obligado a emitir una factura electrónica de tipo ingreso o traslado con complemento Carta Porte, siempre que en los trayectos no se transite por algún tramo de carretera federal mayor a 30 kilómetros.

Tratándose de aquellos traslados en donde el vehículo además de mensajes o sobres sin valor comercial, traslade otro tipo de paquetes:

  • Se deberá emitir un CFDI de tipo ingreso a cada cliente por el servicio prestado, para lo cual, deberá indicar la cantidad total de cajas, bolsas o sacas y la cantidad total de mensajes o sobres sin valor comercial que componen el servicio amparado.
  • En caso de estar obligado a incorporar el complemento Carta Porte, deberá señalar en dicho complemento, la cantidad total de cajas, bolsas o sacas y el número estimado de mensajes o sobres sin valor comercial que se trasladan.
  • Cuando no esté obligado a incorporar el complemento Carta Porte, deberá emitir el CFDI de tipo traslado sin complemento Carta Porte que corresponda.

Puedes consultar las Preguntas frecuentes complemento Carta Porte que el SAT nos comparte en el siguiente link.

2 comentarios de “¿Qué es la Carta Porte?

  1. Francisco javier flores morales dice:

    Podrían ayudarme en saber cuánto me toca por salir de la empresa tengo 3 años trabajando hay
    Mi salario diario es de 377.26
    Al mes 12,617.88
    Tengo ahorro de 50 pesos semanales
    Cumplí 3 años el primero de octubre del 2023
    De prima vacacional me dieron 1,509.04
    Más o menos cuánto me toca

    • Facture App dice:

      Hola Francisco, te tocaría un aproximado de $4,260 recuerda que esto puede variar de acuerdo a las prestaciones y políticas de la empresa.

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