Tus donaciones o aportaciones autorizadas son deducibles

La Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), establece que las personas físicas tienen la posibilidad de deducir impuestos a través de donativos autorizados como la Cruz Roja Mexicana, el Comité de Ayuda a Desastres y Emergencias Nacionales, la Asociación Nacional de Trasplantes, entre otros.

Una buena noticia para este rubro, es que el directorio de donatarias autorizadas se encuentra ya disponible en el sitio web del SAT e identifica a más de 12 mil organizaciones civiles, fideicomisos educativos, culturales, ecológicos y de desarrollo social.

Para deducir el monto de las donaciones este no debe superar el límite establecido por la ley, este dice que las empresas pueden donar hasta un 7% de la utilidad fiscal que haya ganado un año anterior.

Por su parte las personas físicas tienen la posibilidad de deducir donativos que no superen el 7% de sus ingresos acumulables del año anterior.

A parte de apoyar a las donatarias autorizadas, las personas físicas y morales también tienen la opción de hacer donativos a la Federación, entidades federativas, municipios u organismos descentralizado, sin embargo, para este rubro solamente se podrá deducir un 4% de tope autorizado.

Es decir, si el año anterior ganaste 10 pesos y donaste 5 a la Federación, sólo podrás deducir 4 pesos.

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